La diputada del grupo parlamentario de IU-ICV en el Congreso Isaura Navarro ha presentado una proposición no de ley en la que pide a la Generalitat que cumpla con la legalidad vigente en el ámbito de sus competencias sobre protección del patrimonio histórico-artístico eclesiástico y ejerza "sus obligaciones" recogidas en este sentido en el Estatuto de autonomía.
La parlamentaria apuntó que en la Comunitat se han "vaciado" y se encuentran en proceso de venta varios conventos, de los que ha "desaparecido" su patrimonio. En este sentido, citó los casos del convento Santa Clara de Xàtiva (Valencia), San Josep en Valencia, y las Agustinas de Bocairent (Valencia), lo que, a su juicio, "denota la urgencia de dotar de mayor efectividad y desarrollo normativo" al artículo 28 de la Ley de Patrimonio Histórico-Artístico (LPHA). La diputada de IU-ICV insta en el texto al Gobierno de España para que, en el ámbito de sus competencias, "haga efectiva" la previsión de este artículo de la ley y declare "la nulidad de los actos de disposición y el reintegro obligado de los bienes a su lugar de origen".
La parlamentaria recuerda que el 3 de enero de 1979 se firmó el acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, ratificado el 4 de diciembre del mismo año y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 15 de diciembre.
Según expone, el "pronunciamiento principal del mismo" es el que reconoce que "el patrimonio histórico, artístico y documental de la Iglesia sigue siendo parte importantísima del acervo cultural de la nación, por lo que la puesta de tal patrimonio al servicio y goce de la sociedad entera, su conservación y su incremento, justifican la colaboración de Iglesia y Estado". En este sentido, los artículos XV y XVI del Acuerdo están dedicados de "modo expreso" al Patrimonio Histórico-Artístico eclesiástico.
El artículo XV "de modo rotundo y solemne" proclama que "la Iglesia reitera su voluntad de continuar poniendo al servicio de la sociedad su patrimonio histórico, artístico y documental, y concertará con el Estado las bases para hacer efectivos el interés común y la colaboración de ambas partes con el fin de preservar, dar a conocer y catalogar este patrimonio cultural en posesión de la Iglesia, de facilitar su contemplación y estudio, de lograr su mejor conservación e impedir cualquier clase de pérdidas en el marco del artículo 46 de la Constitución.
La diputada afirma que el documento reconoce la aplicabilidad expresa de la LPHA. Por esta razón, según asegura, el texto dispone que preferentemente se exhibirán bienes en su emplazamiento original o natural, y "cuando no fuera posible o aconsejable" se procurará su agrupación en edificio eclesiásticos, formando colecciones o museos en los que se garantice su conservación, seguridad, contemplación y estudio.
Para Navarro, en los últimos años se ha comprobado que tras el cierre de algunos establecimientos religiosos muchos de los bienes que se encontraban en los mismos, o han sido trasladaDos o bien han desaparecido, "en muchas ocasiones al mercado de antigüedades", apunta.
En la "gran mayoría de ocasiones" tales bienes muebles estarían afectados por las normas que los vinculan al inmueble, y forman parte del patrimonio histórico y cultural español, tal y como se regula en la LPHE. Además, señala "que muchos de tales bienes fueron donados o sufragados por ayuntamientos, o vecinos de la localidad en donde estaban ubicados".
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